CENTRO DE CONCILIACION - FACULTAD DE DERECHO - UDES
La conciliación es un mecanismo diferente a la administración de justicia ordinaria, el cual procura que las personas que se encuentran involucradas en un conflicto desistible, transigible o determinado como conciliable por la ley, encuentren la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para ambas partes mediante el diálogo dirigido por el conciliador, lo que la convierte en un mecanismo rápido y económico en términos de tiempo.
COMPETENCIA.
El Centro de Conciliación del consultorio jurídico de la Universidad de Santander UDES es competente para conocer de todos los asuntos transigibles, desistible y conciliables, en las siguientes áreas del derecho:
Área de familia: fijación, disminución o aumento de cuota alimentaria; Controversias sobre la custodia y cuidado personal; régimen de visitas sobre menores e incapaces; separación de bienes, disolución y liquidación de la sociedad conyugal; declaración de la existencia de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial.
Área de civil: entrega real y material del bien inmueble; restitución de inmueble arrendado para vivienda urbana, terminación del contrato de arrendamiento, pago de cánones de arrendamiento y servicios públicos domiciliarios; pago de sumas de dinero adeudadas (constituidos en letras de cambio, cheque, pagaré, etc); creación del título ejecutivo; elaboración de contratos; resolución y/o cumplimiento de contrato de compraventa de bienes muebles e inmuebles, permuta, mutuo e indemnización de daños y perjuicios por el incumplimiento; acuerdo sobre el traspaso de vehículo automoto indemnización de daños y perjuicios, responsabilidad civil contractual y extracontractual; incumplimiento de contrato de obra, suministro, compraventa entre otros.
Derecho comercial: incremento de arrendamiento de local comercial; Obligaciones contenidas en los títulos valores entre otros.
Derecho penal: los delitos querellables establecidos en el artículo 522 de la Ley 906 de 2004 señalados en el Código Penal.
Los delitos Querellables establecidos en el artículo 522 de la Ley 906 de 2004 señalados en el Código Penal.
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